Cabildo de Tenerife

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Montaña Roja

MontRoja

Qué es

El espacio se compone de un cono volcánico de 171 m de altura, flanqueado por las playas de Leocadio Machado y La Tejita, a lo largo de unos 3 km de costa. La Montaña Roja es un cono producto de una erupción litoral, conectada a la Isla por un brazo de materiales volcánicos. En varios puntos de la reserva existen además charcas de agua salobre alimentadas por infiltraciones de agua marina a través de la arena durante la pleamar. Además del valor paisajístico de la estructura geomorfológica del cono de Montaña Roja, su principal característica es la de contener un hábitat natural amenazado como es el sabulícola (arenoso) y limícola (de lodo).

Esta reserva constituye una de las mejores muestras del hábitat de arenas inorgánicas de Tenerife, donde también están representados humedales con especies de aves protegidas por convenios internacionales e incluidas en el catálogo nacional de especies amenazadas, como el chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus). La Montaña Roja y su conexión a tierra conforman un elemento geomorfológico bien conservado y de notable singularidad paisajística.

Cómo llegar

El acceso a Montaña Roja se realiza por la TF-1, desviándose en la salida de San Isidro-El Médano-Granadilla y tomando la carretera TF-64 en dirección a El Médano hasta llegar al cruce de la carretera TF-643 en la que habrá que desviarse en dirección a Los Abrigos. En el punto kilométrico 1+ 280 aproximadamente se encuentra la Reserva. Para acceder a la misma es necesario estacionar el vehículo en cualquiera de los dos aparcamientos existentes en el interior del espacio natural protegido. El primero se encuentra en la curva de El Tapao y el segundo a la altura de la playa de La Tejita.

Superficie total

166 Has.

Término municipal

Granadilla.

Normativa de aprobación

Montaña Roja fue declarada reserva natural especial y área de sensibilidad ecológica por la Ley Autonómica 12/94, refundida posteriormente con la Ley de Ordenación del Territorio de Canarias mediante el Decreto Legislativo 1/2000. A efectos de controlar mejor las acciones que puedan repercutir negativamente sobre la reserva, el anexo de la Ley 12/94 prolonga el Área de Sensibilidad Ecológica sobre los terrenos y la faja de mar contiguos a la misma.


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