Cabildo de Tenerife

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Organismo Autónomo de Museos

El Cabildo Insular de Tenerife constituye en 1990 el Organismo Autónomo de Museos y Centros (OAMC) que se estructura como organismo autónomo local con personalidad jurídica propia, con plena capacidad jurídica y de obrar, para el adecuado desarrollo de su política museística.

Entre sus fines, está el estudio, catalogación, protección y conservación del patrimonio cultural de la Isla y, por extensión, del área macaronésica y otras áreas geográficas de interés, así como la difusión y promoción de la cultura, la ciencia y la educación.

Los museos integrados en el Organismo Autónomo de Museos y Centros son:

  • Museo de la Naturaleza y el Hombre (MNH), integrado a su vez por:
    • Museo de Ciencias Naturales de Tenerife
    • Museo Arqueológico de Tenerife
    • Instituto Canario de Bioantropología
  • Museo de la Ciencia y el Cosmos (MCC)
  • Museo de Historia y Antropología de Tenerife (MHAT)
    • Sede Casa Lercaro
    • Sede Casa de Carta
    • Centro de Documentación de Canarias y América

Funciones

Es objetivo general del Organismo Autónomo de Museos y Centros el ejercicio de las competencias que le atribuya, por cualquier título jurídico, el Cabildo Insular de Tenerife en materia de museos.

Tales competencias engloban la prestación del servicio público de museos, la investigación, divulgación y conservación de sus fondos y colecciones, así como las actividades didácticas relacionadas con la protección del patrimonio cultural y natural y la enseñanza y difusión del conocimiento humano.

En tal sentido, los museos y centros dependientes del Organismo Autónomo de Museos y Centros reúnen, conservan, ordenan, documentan, investigan, difunden y exhiben para fines de estudio, educación y contemplación colecciones de bienes de valor histórico, artístico, científico, técnico o de cualquier otra naturaleza cultural.

Competencias

Para el cumplimiento de sus fines, corresponden al Organismo Autónomo de Museos y Centros las siguientes competencias:

  • Organizar sus servicios y dependencias en el marco de los presentes Estatutos y del Reglamento de Organización y Funcionamiento.
  • Contratar el personal necesario para atender el desarrollo de sus funciones.
  • Formalizar convenios y contratos, públicos o privados, relativos a actos de adquisición y administración de bienes muebles o inmuebles.
  • Celebrar convenios de colaboración con instituciones públicas o privadas de ámbito local, nacional o internacional que favorezcan el intercambio de información y material científico cultural relacionado con sus fines.
  • Solicitar y aceptar subvenciones, auxilios y otras ayudas de las restantes administraciones y corporaciones públicas, de instituciones nacionales e internacionales, así como de particulares.
  • Aceptar herencias, legados y donaciones, en los términos establecidos por la legislación general para las administraciones públicas y por la específica de régimen local.
  • Acondicionar, conservar y administrar sus bienes.
  • Contraer obligaciones.
  • Comunicar y exhibir, para fines de estudio, educación y contemplación, cualquiera de sus bienes, tanto los de su propio patrimonio, como los cedidos en administración.
  • Ejercer toda clase de acciones administrativas y judiciales, así como personarse, desistir y allanarse en cualesquiera procesos en que se encuentre implicado, conforme a la legislación general y de régimen local.

Objetivos y acciones

En el ejercicio de sus competencias, el Organismo Autónomo de Museos y Centros tenderá a alcanzar los siguientes fines:

  • La puesta en activo, estudio y análisis, así como la protección, catalogación, enriquecimiento, restauración, conservación y exhibición del patrimonio antropológico, arqueológico, artístico, bioantropológico, biológico, bibliográfico, científico-documental, cinematográfico, etnográfico, etnológico, fonográfico, fotográfico, histórico, mineralógico, paleontológico, técnico o de cualquier otra naturaleza, que tenga una significación científica y cultural universal o particular del Archipiélago canario, especialmente de la Isla de Tenerife, del área macaronésica o de otras áreas geográficas de interés.
  • El fomento del conocimiento de la cultura tradicional y popular y de la capacidad creativa contemporánea, así como del medio natural y la biodiversidad.
  • La difusión y promoción de la cultura, humanística y científica, y la educación.
  • El asesoramiento en materia de patrimonio cultural y natural insular, a los efectos previstos en la normativa sobre dicha materia.
  • El asesoramiento científico, técnico y pericial en las materias que competen a los museos y centros.
  • La promoción, coordinación y tutela del desarrollo museístico que se establezca al amparo de las competencias atribuidas al Cabildo Insular de Tenerife.

Contacto e Información

  • Organismo Autónomo de Museos y Centros
  • Dirección: Calle Fuente Morales, sin número. 38003 Santa Cruz de Tenerife
  • Web: www.museosdetenerife.org

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