- Asistencia económica-financiera y administrativa
El servicio de asistencia económico-financiera y administrativa, regulado en el artículo 18 del Reglamento, comprende las siguientes prestaciones:- La elaboración de los pliegos de condiciones y demás documentación integrante de la contratación pública, así como la colaboración en la organización y gestión de los procedimientos de contratación, incluyendo la posibilidad de adherirse a los sistemas de racionalización en materia de contratación administrativa mediante la suscripción del oportuno convenio
- La elaboración de estudios, planes y proyectos en cualquier materia de competencia municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional única del Reglamento de Asistencia para los planes e instrumentos de gestión urbanística.
- La colaboración en el cumplimiento de las obligaciones de transparencia.
- La elaboración de instrumentos de gestión de personal, planes de carrera profesional y evaluación del desempeño, así como el apoyo en la selección y formación de su personal.
- La elaboración y ejecución de programas de formación y desarrollo de competencias para representantes locales.
- La integración de la igualdad de género en la planificación, seguimiento y evaluación de las políticas municipales.
- El asesoramiento técnico, consistente en la emisión de informes, dictámenes, evacuación de consultas y actividades de información sobre las materias comprendidas en los apartados anteriores.
- El asesoramiento económico.
Solicitud de adhesión a los sistemas de racionalización en materia de contratación administrativa - Asistencia técnica en materia de modernización administrativa El servicio de asistencia técnica en materia de modernización administrativa tiene por objeto la ejecución de una serie de actuaciones dirigidas a mejorar la calidad de los servicios públicos, reducir los tiempos de tramitación de los procedimientos administrativos, reducir las cargas administrativas, mejorar la transparencia y fomentar la participación y colaboración de la ciudadanía.
Las actuaciones en que consiste la asistencia se concretarán en proyectos específicos que deberán desarrollar actuaciones incluidas en alguna de las siguientes líneas de actuación:- Mejora en los servicios públicos
- Simplificación administrativa
- Administración electrónica
- Gobierno abierto
- Dirección por objetivos
- Innovación organizativa
- Gestión del talento
- Cooperación interadministrativa
- Plan anual de proyectos: para cada anualidad, el Cabildo aprobará un plan anual en el mes de octubre del año anterior a su ejecución.
Los municipios destinatarios de cada proyecto se establecerán en su definición siguiendo los siguientes niveles de prioridad respecto a las actuaciones del Plan:- La asistencia en materia de modernización se hará extensible, en todo caso, a los municipios de menos de 20.000 hb.
- Los municipios cuya población se sitúe entre 20.000 y 30.000 hb podrán ser beneficiarios de la misma, en los términos de los previsto en cada Plan Anual de Proyectos, cuando las disponibilidades de personal y presupuestaria lo permitan.
- La asistencia técnica se podrá hacer extensible de manera excepcional a los municipios con población superior a 30.000 hb.
El plazo para la presentación de las solicitudes y la documentación que se haya de adjuntar será de quince días desde la notificación de la aprobación del plan, salvo que, dada la naturaleza de cada proyecto, se establezca otro plazo en el mismo.
Solicitud de adhesión a la modificación del Plan de Transformación digital Municipal 2020
Plan de Transformación Digital Municipal 2021
Contacto e Información
- Oficina de Asistencia Integral a los Municipios
- Dirección: Plaza de España, 3
38001, Santa Cruz de Tenerife - Teléfono: 922 239 500 / 901 501 901
- E-mail: oficinaasistencia@tenerife.es
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