Cabildo de Tenerife

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Buzón antifraude: Objetivos y ámbito

Con arreglo al artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, al ejecutar fondos provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los Estados miembros, tanto en su condición de beneficiarios como de prestatarios de fondos, deberán adoptar medidas adecuadas tendentes a proteger los intereses financieros de la Unión y a velar por que la utilización de los fondos se ajuste al Derecho aplicable tanto de la Unión como nacional, especialmente en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. Se dispone, así, la obligación de establecer un sistema de gestión de control interno eficaz y eficiente y, para ello, se definen una serie de obligaciones a cumplir por parte de los Estados miembros.

La Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece en su artículo 6 la necesidad del refuerzo de los mecanismos de prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.

Con el objeto de dar respuesta a estas demandas y de conformidad con el Plan de Medidas Antifraude del Cabildo Insular de Tenerife aprobado en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno Insular del 2 de marzo de 2022, se crea un canal de denuncias específico y seguro de participación que nace de la necesidad de ofrecer un cauce adecuado que permita presentar denuncias, incorporando mecanismos que garanticen la confidencialidad de todas las informaciones.


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