Cabildo de Tenerife

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Glosario de Caza - P

Período cinegético

Período en el que se permite la caza. Se determina, entre otros aspectos, por el momento en que la mayoría de los juveniles de la isla están bien desarrollados, el número de cazadores que ese año se estima participarán en la caza, el tamaño de las poblaciones de las distintas especies (es decir, las existencias), la biología de los animales y el clima, el comportamiento de la caza ante la influencia de un factor inesperado y por circunstancias de interés económico, biológico o ambiental de los demás recursos naturales.

Plan Insular de Caza

Define el marco de actuación general y un modelo de organización cinegética basado en la estructura y clasificación de los terrenos de la isla, contempla actuaciones especiales cuya ejecución se concrete en el tiempo a través de unos objetivos específicos. Dicho plan lo establece el cabildo insular, previo informe de los consejos insulares, como instrumento de planificación cinegética y, deberá remitirse antes de su aprobación a informe de la consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de medio ambiente y conservación de la naturaleza, quien deberá oír, a estos efectos, al Consejo Regional de Caza.

Plan técnico de caza

Instrumento de gestión aplicado a un determinado terreno, que tiene por finalidad su aprovechamiento cinegético de acuerdo con el tamaño de las poblaciones objeto de caza, y como prioridad la preservación y conservación de los hábitats, así como el mantenimiento del potencial biológico de las especies en el medio natural. Proliferación de especies y subespecies: Multiplicación muy activa de elementos orgánicos similares, en este caso especies y subespecies animales.

Prueba de aptitud

Prueba necesaria para otorgar por primera vez la licencia de caza. La prueba, que efectuará los cabildos insulares o, por delegación de éstos, las sociedades colaboradoras, versará sobre el conocimiento de la legislación cinegética, armas y artes, materiales empleados en la caza, distinción de las diversas especies de animales, ética y comportamiento del cazador y todas aquellas materias que se establezcan reglamentariamente. Superado el examen, el cabildo insular o las sociedades colaboradoras expedirán al interesado el correspondiente certificado de aptitud válido para la obtención de la licencia de caza. Se reconocerán como válidos para obtener la licencia de caza en Canarias los certificados de aptitud expedidos por otras comunidades autónomas, o la documentación equivalente en el caso de los cazadores extranjeros.


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