Cabildo de Tenerife

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Glosario de Caza - R

Refugio de caza

Terreno donde está prohibido, con carácter permanente, el ejercicio de la caza, salvo autorización administrativa. Creado por razones biológicas, científicas o educativas para asegurar la conservación de determinadas especies de fauna cinegética a propuesta de los cabildos insulares y, en su caso, a instancia del propietario de los terrenos o de entidades públicas o privadas cuyos fines sean culturales o científicos; su establecimiento y la declaración de desafección corresponderán a la consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de medio ambiente y su administración a los cabildos insulares.

Registro Insular de Infractores de Caza

Dependiente del Cabildo insular, inscribirá de oficio mediante soporte informático todos los que hayan sido sancionados por resolución firme, en expediente incoado por los cabildos insulares por infracción de las disposiciones de la ley. En dicho Registro deberá figurar el motivo de la sanción, cuantía de las multas e indemnizaciones, si las hubiere, así como la inhabilitación, en su caso, para el ejercicio de la caza y su duración en los términos de lo resuelto por los cabildos insulares. Las anotaciones se comunicarán al Registro Regional en el plazo de treinta días.

Registro oficial del hurón

Registro y control de los hurones por parte del Cabildo insular.

Registro oficial del podenco

Registro y control de los perros de caza por parte del Cabildo insular.

Registro Regional de Infractores de Caza

Dependiente de la consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de medio ambiente y conservación de la naturaleza, inscribirá de oficio, mediante soporte informático, a todos los que hayan sido sancionados por resolución firme, en expediente incoado por los cabildos insulares por infracción de las disposiciones de la ley. En dicho Registro deberá figurar el motivo de la sanción, cuantía de las multas e indemnizaciones, si las hubiere, así como la inhabilitación, en su caso, para el ejercicio de la caza y su duración en los términos de lo resuelto por los cabildos insulares. El sistema registral garantizará la integración informática en el Registro Regional de las anotaciones efectuadas en los respectivos registros insulares, de tal manera que simultáneamente quede constancia de que las inscripciones y variaciones que se produzcan en el Registro Regional sean idénticas que las que se anoten en los cabildos insulares. Asimismo, las inscripciones y variaciones que se produzcan en el Registro Regional serán remitidas al Registro Nacional de Infractores de Caza y a todos los Registros Insulares de Infractores de Caza.

Rozadera

Guadaña fuerte, de hoja ancha, que se emplea para rozar el terreno.


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