Nueva regulación de accesos a los senderos del Parque Nacional del Teide
A partir del 29 de noviembre, será imprescindible disponer de una autorización para acceder a los siguientes senderos del Parque Nacional del Teide:
PNT 07 Montaña Blanca – La Rambleta
PNT 09 Teide – Pico Viejo – Mirador de las Narices del Teide
PNT 23 Los Regatones Negros
Esta autorización se obtiene a través de la plataforma Tenerife ON. Deberás registrarte previamente como persona física o como empresa.
Esta autorización SOLO permite el recorrido desde el punto de inicio del sendero hasta la base superior del teleférico y regreso a pie. NO incluye el ascenso hasta el pico del Teide ni la bajada en teleférico, que deberán solicitarse aparte.
Inicialmente, están previstas 100 plazas diarias para cada uno de los siguientes tramos horarios:
- 9:00-16:00 horas
- 16:00 horas-24:00 horas
- 00:00-9:00 horas
Estos senderos NO son aptos para personas sin experiencia en alta montaña o con problemas cardíacos, respiratorios o de movilidad.
La búsqueda, rescate y salvamento de personas que no dispongan de autorización, que no cuenten con la vestimenta adecuada que ignoren las señales o que incumplan las prohibiciones serán sancionadas conforme a la legislación ambiental vigente.
Siga estos PASOS:
- Acceda la web Tenerife ON (https://www.tenerifeon.es/).
- Registro y validación: Asegúrese de estar registrado y validado con su usuario y contraseña en la plataforma.
- Acceso a la ficha del sendero: Una vez validado, diríjase a la ficha del sendero PNT 07 (Montaña Blanca – La Rambleta) donde podrá reservar para los tres senderos que requieren autorización en el Parque Nacional del Teide. https://www.tenerifeon.es/itinerarios/sendero/pnt-07-montana-blanca-la-rambleta
Importante:
- Las reservas solo pueden realizarse con un máximo de 21 días de antelación.
- Las fechas más allá de este límite aparecerán en gris, ya que las plazas aún no están disponibles.
- Cada lunes a las 07:00 horas (horario de Canarias) se liberan las plazas disponibles para los senderos de las dos semanas siguientes. Las reservas estarán abiertas por tanto hasta 21 días después de su publicación cada lunes.
Procedimiento de reserva:
- En la ficha del sendero, indique el número de personas (máximo 10) y seleccione la franja horaria deseada.
- Haga clic en “Consultar disponibilidad” para visualizar las fechas disponibles.
- Una vez seleccionada la fecha, continúe con la reserva proporcionando los datos solicitados en el formulario. (Imagen 3)
Condiciones de la Autorización
- Esta reserva es válida únicamente para el sendero, día y tramo horario indicado en esta reserva.
- Esta autorización debe llevarse consigo en papel o en el dispositivo móvil para mostrarlo junto con el DNI o pasaporte (para comprobar la identidad de los solicitantes), a requerimiento del personal encargado, cuyas indicaciones se deberán atender y acatar.
- Este sendero es de alta dificultad, es decir no apto para personas sin experiencia en alta montaña ni con problemas cardíacos, respiratorios o de movilidad.
- Equipamiento obligatorio: Las personas usuarias, senderistas y montañeros deberán dotarse de un equipamiento mínimo de carácter obligatorio, tanto en el calzado como en las prendas de abrigo y otros elementos auxiliares necesarios y mínimos para una situación de riesgo en alta montaña invernal: calzado de montaña adecuado, abrigo, manta térmica, agua, móvil con batería cargada y frontal o linterna.
Cuando sea requerido por parte del personal al servicio del Cabildo o cualquier otro agente de la autoridad, las personas tendrán que enseñar el equipamiento señalado. Sin ese equipo no podrán emprender el ascenso.
El equipamiento obligatorio ha sido supervisado por el Grupo de Rescate Especial de Intervención en Montaña (GREIM) de la Guardia Civil y el Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.
- Hay que tener en cuenta que se trata de un sendero de alta montaña, lo que implica altas probabilidades de sufrir cambios bruscos de temperatura y mal de altura debido a la falta de oxígeno
- El recorrido debe realizarse exclusivamente a pie y sin abandonar en ningún momento el trazado del sendero
- Esta autorización únicamente es válida para llegar hasta La Rambleta [3550 msnm] (donde está la estación superior del teleférico). Es decir, no incluye el acceso al cráter, la cual está sujeta a cupo y deberá solicitarse previamente a través de la web de Parques Nacionales (https://www.reservasparquesnacionales.es/real/ParquesNac )
- Prohibido el uso de equipos de música, megafonía o cualquier dispositivo que amplifique sonidos.
- Prohibido arrojar basura, materiales combustibles, líquidos contaminantes y encender fuego.
- Prohibido recolectar y dañar a especies vegetales y animales, sus hábitats o cualquier elemento de interés geológico.
- Si no se realiza la actividad y no se cancela la misma, se puede penalizar a los usuarios con no poder solicitar autorizaciones durante tres meses.
- Las empresas que conduzcan grupos, deben presentar la documentación justificativa del alta como empresa de Turismo Activo, así como la de estar al día del pago de su seguro de responsabilidad civil.
- Los guías y profesionales que acompañen a los grupos tendrán que estar acreditados por el Parque Nacional del Teide.
Equipación
A partir del 29 de noviembre será obligatorio también llevar una equipación mínima, que será requerida por el personal encargado del control de acceso a los senderos. Su incumplimiento es motivo de prohibición de acceso.
- Calzado de montaña
- Pantalón o mallas largas de montaña y chaqueta de abrigo
- Gorro y guantes (en invierno)
- Agua o líquidos hidratantes
- Móvil con batería cargada
- Manta térmica
- Frontal o linterna cargada.
Se recomienda también llevar:
- Protección solar (gorra, gafas de sol y crema solar)
- Alimentos energéticos
- Silbato