Las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de Patrimonio Histórico son:
- Coordinar y fomentar la colaboración entre las Administraciones implicadas en la tutela y gestión del Patrimonio Histórico.
- Ejercer la alta inspección de los cabildos y ayuntamientos en el ejercicio de las competencias transferidas o delegadas en materia de Patrimonio Histórico.
- Declarar los Bienes de Interés Cultural (BIC) y llevar su registro.
- Incoar los expedientes de declaración de BIC para aquellos bienes adscritos a su patrimonio o a servicios públicos gestionados por la Comunidad Autónoma.
- Confeccionar y gestionar el Inventario Regional de Bienes Muebles.
- Coordinar la realización de inventarios, cartas, catálogos y demás instrumentos de documentación del Patrimonio Histórico de Canarias.
- Autorizar las intervenciones arqueológicas.
- Programar la política de investigaciones para la protección y tutela del Patrimonio Histórico.
- Difundir y divulgar el conocimiento y valoración del Patrimonio Histórico de Canarias, integrándolo en los distintos niveles educativos.
- Planificar la política museística en coordinación con los cabildos.
- Planificar la política de conservación y protección del Patrimonio Histórico.
- Ejercer la función inspectora y tramitar los expedientes sancionadores en materia de Patrimonio Arqueológico.
- Ejercer subsidiariamente los derechos de tanteo y retracto en relación con los BIC y con los bienes muebles inventariados, en el supuesto de que el Cabildo no lo hiciera.