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Transportes

Visado de la autorización para ejercer el transporte público discrecional de viajeros

¿En qué consiste?

En comprobar que se mantienen las condiciones que originariamente justificaron el otorgamiento de este tipo de autorización, mediante la realización del correspondiente visado. Una vez realizado el visado, el órgano competente procederá a documentar la autorización y sus copias en las correspondientes tarjetas debidamente actualizadas, (artículo 17 de la Orden de 23 de julio de 1997). La falta de realización del visado o de la aportación de la documentación preceptiva en el plazo establecido implicará la caducidad de la autorización sin necesidad de revocación expresa por parte de la Administración, sin perjuicio de las sanciones que procedan. La solicitud de visado se realizará con arreglo al siguiente calendario:

  • Cuando el número de identificación fiscal termine en 1 le corresponderá el mes de Enero
  • Cuando el número de identificación fiscal termine en 2 le corresponderá el mes de Febrero
  • Cuando el número de identificación fiscal termine en 3 le corresponderá el mes de Marzo
  • Cuando el número de identificación fiscal termine en 4 le corresponderá el mes de Abril.
  • Cuando el número de identificación fiscal termine en 5 le corresponderá el mes de Mayo.
  • Cuando el número de identificación fiscal termine en 6 le corresponderá el mes de Junio.
  • Cuando el número de identificación fiscal termine en 7 le corresponderá el mes de Julio.
  • Cuando el número de identificación fiscal termine en 8 le corresponderá el mes de Septiembre.
  • Cuando el número de identificación fiscal termine en 9 le corresponderá el mes de Octubre.
  • Cuando el número de identificación fiscal termine en 0 le corresponderá el mes de Noviembre.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Todas las empresas o personas físicas que sean titulares de autorizaciones de tranporte de viajeros en vigor

¿Qué se necesita?

  • Declaración del Impuesto de Sociedades del último ejercicio (podrá presentarse fichero telemático)
  • Ficha Técnica de todos los vehículos en vigor, con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) vigente
  • Las autorizaciones de transportes y todas sus copias certificadas
  • Permiso de circulación de cada uno de los vehículos autorizados

Ver todos los documentos que necesitas

¿Cuál es el plazo para solicitarlo?

Todo el año

¿Cómo se tramita?

También lo puedes tramitar...

  • Presencialmente
  1. Descarga la solicitud (PDF, 174 Kb)

  2. Cumpliméntala

  3. Imprímela

  4. Puedes entregarla: En cualquier Oficina de Registro y Servicio al Ciudadano del Cabildo Insular de Tenerife.

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