Con el desarrollo de los respectivos estatutos de autonomía, las competencias de la Administración estatal en materia de Patrimonio Histórico se han reducido considerablemente.
El Estado español tiene reconocida por la Constitución la competencia exclusiva en la defensa del Patrimonio Histórico contra la exportación ilegal y la expoliación. En este sentido, puede requerir a las Comunidades Autónomas que adopten medidas para evitar la expoliación de este patrimonio, y hacerlo directamente en caso de que éstas no atiendan al requerimiento.
Además, le corresponde a la Administración estatal:
- Autorizar la exportación de bienes de más de 100 años, así como los inscritos en el Inventario General de Bienes Muebles o la salida temporal de España de bienes muebles declarados BIC.
- Recuperar los bienes patrimoniales ilícitamente exportados.
- Tramitar y finalizar los expedientes de declaración de BIC respecto a bienes adscritos a servicios públicos gestionados por el Estado o integrados en el Patrimonio Nacional. Asimismo, le corresponde autorizar las obras y usos que se prevean en estos bienes.
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