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Convenio de Colaboración entre el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y la Asociación de Cereales de Tenerife (ACETE) para la recolección de cereales y leguminosas en la zona noroeste de la isla de Tenerife.

Área de Agricultura, Ganadería y Pesca

| 22-jun-2017

Convenio de Colaboración entre el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y la Asociación de Cereales de Tenerife (ACETE) para la recolección de cereales y leguminosas en la zona noroeste de la isla de Tenerife.

Objeto:

Convenio de Colaboración entre el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y la Asociación de Cereales de Tenerife (ACETE) para la recolección de cereales y leguminosas en la zona noroeste de la isla de Tenerife.

Área:

Área de Agricultura, Ganadería y Pesca

Tipo:

Convenio de colaboración

Firmantes:

El Consejero Insular del Área de Agricultura, Ganadería y Pesca, Don Jesús Manuel Morales Martínez y La Presidente de ACETE, Doña Francisca Nieves González Amador

Obligaciones:

a) Obligaciones de la Asociación de Cereales de Tenerife (ACETE).-

Con arreglo al presente convenio, ACETE asume las siguientes obligaciones:

1º.- Destinar la maquinaria de referencia, con carácter exclusivo, para la recolección de cereales y leguminosas de la isla durante el período de vigencia del presente convenio.

2º.- Garantizar su uso, en condiciones de igualdad, de todos los miembros de la asociación, así como la participación de todos aquellos agricultores que soliciten el servicio, siempre que su prestación sea económica y técnicamente viable.

3º.- Utilizar la maquinaria bajo su responsabilidad y a su riesgo y ventura, velando por el estricto cumplimiento de la normativa que resulte de aplicación, en especial, en materia de seguridad y riesgos laborales, y de transporte, sin que en ningún caso pueda imputarse ninguna responsabilidad al Cabildo Insular de Tenerife.

4º.- Asegurar el buen uso y mantenimiento de la maquinaria de acuerdo a las especificaciones técnicas del fabricante, así como su custodia, de forma que a la finalización del período de cesión sea devuelta al Cabildo sin otro deterioro que el normal desgaste de las piezas y mecanismo derivados de su correcto uso.

5º.- Asumir los gastos de mantenimiento y reparación que se deriven de la utilización de la maquinaria en óptimas condiciones de funcionamiento.

6º.- Satisfacer el pago, en su caso, de los tributos que pudieran derivarse del uso de la referida maquinaria.

7º.- Facilitar, a la persona que designe el Cabildo, el acceso a las instalaciones en donde se encuentre ubicada la maquinaria, a efectos de inspeccionar y comprobar el destino que se está dando a la misma, la realización efectiva de su mantenimiento y conservación, o cualquier otra circunstancia que estime oportuna.

8º.- Indemnizar a la Corporación por la pérdida o daños causados a la maquinaria como consecuencia de una actuación dolosa o negligente por parte de las personas usuarias de la misma.

b) Obligaciones del Cabildo Insular de Tenerife.

En virtud del presente convenio, el Cabildo asume las siguientes obligaciones:

1º.- Ofrecer apoyo técnico a la asociación en las labores de cultivo, en la adecuación de los accesos a las parcelas de cultivo y en la organización de las campañas de recolección.

2º.- Cubrir el seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria de la maquinaria, así como por accidentes del conductor, hasta el límite establecido en la póliza contratada por el Cabildo Insular de Tenerife.

Plazo de duración:

  • Inicio: 22-jun-2017
  • Fin: 22-jun-2021

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