Cabildo de Tenerife

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Autorización de trabajo

Si un extranjero desea trabajar por cuenta propia o ajena en España, debe solicitar una autorización de trabajo.

En el caso de tener ya la residencia legal o estar residiendo en España por estudios o investigación, tendrá que modificar el permiso.

Si la persona no es residente, con la autorización de residencia y trabajo, podrá pedir en la Misión Diplomática u Oficina Consular en su país el visado para vivir y trabajar en España.

Validez

Si se desea trabajar por cuenta ajena:

  • La primera autorización tiene una validez una año y la tiene que demandar el empleador o su representante. Se limita a una zona geográfica y sector de actividad.
  • La renovación tiene una validez de dos años. Se solicita tras la primera autorización o la primera renovación. No tiene limitación geográfica o de actividad. La debe demandar el propio trabajador. Sólo es posible si se produce una renovación del contrato inicial o el trabajador tiene contrato con otro empleador.

Si se desea trabajar por cuenta propia:

  • La primera autorización tiene validez de un año.
  • La renovación tiene una validez de dos años. Se solicita tras la primera autorización o la primera renovación. Se debe acreditar la continuidad de la actividad y que se está al corriente del pago de impuestos y de la Seguridad Social.

Si quieres saber más


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